Guía interactiva estándares internacionales de derechos de las mujeres

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Comité de Derechos Humanos (Comité DDHH), ONU. Informes específicamente vinculados al tema género

Los Principios de Yogyakarta son una serie de principios sobre cómo se aplica la legislación internacional de derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Los Principios ratifican estándares legales internacionales vinculantes que los Estados deben cumplir. Prometen un futuro diferente, donde todas las personas, habiendo nacido libres e iguales en dignidad y derechos, podrán ejercer ese precioso derecho adquirido al momento de nacer..

Principios de Yogyakarta.
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Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Resoluciones vinculadas al tema género

El 31 de agosto de 2016 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “este Tribunal”) dictó una Sentencia mediante la cual declaró responsable internacionalmente al Estado del Ecuador por la violación: i) del derecho a la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación reconocidos en el artículo 24 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo tratado; ii) del derecho a la honra y a la dignidad, reconocido en el artículo 11.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 del mismo tratado, y iii) de la garantía de imparcialidad reconocida en el artículo 8.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 del mismo tratado. Dichas violaciones se dieron en el marco de un proceso disciplinario militar en contra del señor Homero Flor Freire, que resultó en su separación de la Fuerza Terrestre ecuatoriana por supuestamente haber cometido actos sexuales homosexuales dentro de las instalaciones militares. La Corte concluyó que la separación del señor Flor Freire de las Fuerzas Armadas, por estos motivos, constituyó un acto discriminatorio en la medida en que se basó en la aplicación al señor Flor Freire de normas internas que sancionaban de forma más gravosa los “actos de homosexualismo”, en comparación con los actos sexuales no homosexuales.

Principios Corte IDH, Caso Flor Freire vs. Ecuador. Sentencia del 31 de agosto de 2016..

La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una Sentencia, mediante la cual declaró responsable internacionalmente al Estado de Colombia por la violación al derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación en perjuicio de Angel Alberto Duque, por no haberle permitido acceder en condiciones de igualdad a la pensión de sobrevivencia, luego de la defunción de su pareja, con base en el hecho de que se trataba de una pareja del mismo sexo. En aquel momento, la normatividad interna colombiana disponía que únicamente el cónyuge o el compañero o compañera permanente sobreviviente de sexo diferente al del causante tenía derecho a la pensión de sobrevivencia.

Corte IDH, Caso Duque vs, Colombia. Sentencia del 26 de febrero de 2016.

la Corte Interamericana observa que al ser, en abstracto, el “interés superior del niño” un fin legítimo, la sola referencia al mismo sin probar, en concreto, los riesgos o daños que podrían conllevar la orientación sexual de la madre para las niñas, no puede servir de medida idónea para la restricción de un derecho protegido como el de poder ejercer todos los derechos humanos sin discriminación alguna por la orientación sexual de la persona.

CorteIDH, Caso: Atala Riffo y niñas vs. Chile, sentencia de fecha 24 de febrero de 2012, (fondo, reparaciones y costas), Serie C-239, párrafo 110.
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Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), OEA. Informes más relevantes vinculados al tema género

“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido que las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas o no normativas, o cuyos cuerpos varían del estándar corporal binario femenino y masculino viven en contextos en los que la violencia física, psicológica y sexual es frecuente, su incidencia política es escasa, sus reclamos ante la justicia se enfrentan un marco de impunidad, y a ´barreras para tener un debido acceso a la salud, al empleo, a la justicia, y a la participación política´”

Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas: Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 7 de diciembre de 2018 / Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

“...A once años del homicidio de Octavio Romero, en virtud del estado de la causa judicial, de las conclusiones preliminares que surgen del Informe de Admisibilidad N° 132/18 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y del análisis efectuado en el dictamen de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (...) el Estado argentino reconoce su responsabilidad in ternacional por la falta de adecuación de la investigación penal a los estándares internacionales, específicamente la debida diligencia reforzada que rige en materia de violencia por motivos de género, aplicable a los crímenes contra el colectivo LGBTIQ+...”

ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA EN EL CASO N° 13.696 “OCTAVIO ROMERO Y GABRIEL GERSBACH ARGENTINA”