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CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
CAMARA NACIONAL ELECTORAL
JUJUY
OTRAS
Tipo de dependencia:
Juzgado
Superior Tribunal
Corte Suprema de Justicia
Tribunal
Cámara
Otros
Dependencia:
Estado de la sentencia: FIRME
Fecha de sentencia:
Carátula:
R. F. c/ A. F. H. s/ incidente de incumplimiento de cuota alimentaria.
Reseña:
Ante el incumplimiento parcial de la cuota alimentaria pactada por un hombre y una mujer respecto de su hijo menor de edad, ésta inició demanda a fin de que se actualice su valor ya que lo que debería ser abonado no se condeciría con el 25% de los ingresos del progenitor, tal como fuera acordado. Por su parte, el demandado impugnó la liquidación realizada argumentando que "la inacción por parte de la actora impide el reclamo de deudas mayores a los dos años desde la fecha de inicio de la acción". El sentenciante hizo lugar a la demanda rechazando la excepción por prescripción interpuesta, así como también la impugnación formulada por el demandado. Así, entendió que "los hijos son los titulares de la asistencia alimentaria, y que la falta de pago total de la asistencia alimentaria determina una merma en los recursos necesarios para su sustento, como también que ello importa violencia económica para las cuidadoras mujeres, como en el caso de marras, debe aplicarse la suspensión de la prescripción prevista en el art. 2543 inc. c) cuya redacción es clara y no deja margen a la duda, por lo que no corresponde admitir la excepción opuesta como defensa previa". Además consideró que "el argumento de ´que cuando el alimentado deja transcurrir tanto tiempo sin reclamar su derecho es porque no lo necesita o porque el progenitor a cargo adelantó esas sumas y entonces no sería él/ella quien titulariza la acción´ es absolutamente falso, ya que muchas veces los progenitores cuidadores no disponen del tiempo o de los recursos necesarios para litigar y lograr el reconocimiento de su deuda, o median razones de conveniencia familiar o económicas o incluso intereses contradictorios entre los miembros de la familia. Ello no puede implicar que quien debía pagar y no lo hizo ya no debe porque el transcurso del tiempo ha mejorado su posición de deudor moroso...".
sentencias vinculadas
Público:
Sí
No